Grupo Ergos acaba de lanzar un nuevo portal sobre Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), que pretende ser la mayor fuente de información sobre esta temática en internet.
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Ergos Up y Grupo Ergos, novedad en Laboralia
Los días 28 y 29 de septiembre estuvimos en Laboralia, Certamen Integral de la Prevención y el Bienestar Laboral. La cita, impulsada por INVASSAT, el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo, congregó a algunas de las mejores empresas especializadas en seguridad y prevención, en el pavellón número 5 de la Feria de Valencia.
Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)
Preguntas y Respuestas sobre la Coordinación de Actividades Empresariales.
Disponer del nivel adecuado en materia de prevención de riesgos labores puede suponer una tarea compleja cuando en un mismo centro concurren trabajadores de diferentes empresas. Por ello la Ley de prevención de riesgos laborales (LPRL), así como la posterior normativa en materia preventiva, prevén esta situación estableciendo una serie de obligaciones (deber de cooperación que garantice de forma efectiva, la seguridad y salud de todos los trabajadores presentes en el centro de trabajo) a todas las empresas intervinientes. Pasados unos años desde el debut de la “Coordinación de actividades empresariales”, analizamos las cuestiones que continúan suscitando más interés.
1. ¿Desde cuándo es obligada la Coordinación?
En sus orígenes, la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establecía de forma tímida y ambigua determinadas obligaciones. Dichas obligaciones fueron articulándose con el paso del tiempo mediante nuevos desarrollos normativos, resolviendo de forma efectiva algunas lagunas y vacíos legales existentes. Actualmente disponemos de un gran número de normas que abordan este tema de forma clara y específica: RD 1627/97; RD 171/2004; Ley 32/2006 y RD 1109/2007.