Nueva Publicación del INSHT: Aspectos Ergonómicos de las Vibraciones

En la actualidad, los métodos disponibles para la evaluación de los riesgos producidos por la exposición a vibraciones, respecto a las molestias y el confort, requieren todavía estudios de investigación y previsiblemente en los próximos años se van a producir avances en esta materia.

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ANSIEDAD: ¿Aliada y/o enemiga?

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¿Qué es la ansiedad?

La ansiedad es un proceso fisiológico que forma parte del ser humano y otros animales, y actúa en el organismo para protegernos de situaciones peligrosas. El objetivo de la ansiedad es preparar al cuerpo para huir o luchar ante un peligro. Un ejemplo: imagina que vas por la calle y de repente ves algo amenazante que se avecina sobre ti y que por su magnitud y potencia sabes que no puedes combatir. Necesitas salir corriendo o tu integridad física correrá peligro. En microsegundos, el sistema límbico (que regula las emocionales en el cerebro) se pone en marcha y empieza a enviar mensajes al resto del cuerpo para poder reaccionar e iniciar la carrera: el corazón bombea más rápido, la respiración se acelera, los músculos se tensan, se agudiza la vista y el resto de sentidos,… Gracias a esta reacción podemos salir huyendo, así que la ansiedad es totalmente adaptativa y necesaria para sobrevivir.

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Tiempo nuevo para la Prevención. Anteproyecto de la Ley de Mutuas de la Seguridad Social

No creo que exista resquicio alguno para la duda, la Prevención de Riesgos Laborales, y más concretamente su práctica mercantil, está sufriendo una profunda transformación como consecuencia del terrorífico impacto económico en nuestro país, sin embargo será la publicación de la inminente Ley de Mutuas quien acabará definiendo los perfiles de una nueva realidad.

Ministerio-Empleo-Seguridad-Social-Madrid

El anteproyecto aprobado por el Gobierno por el que se modifica la Ley general de Seguridad Social en relación con el marco jurídico regulador de las Mutuas de Accidentes y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, señala unas nuevas apuestas en los territorios de competencia de las mencionadas Mutuas.

No es idea del presente comentario hacer un repaso exhaustivo de los cambios planteados pues, siendo importante el cambio de denominación de esas Instituciones, recordemos que a partir de su aprobación pasarán a denominarse Mutuas de la Seguridad Social (por si había alguna duda), no lo serán menos las nuevas atribuciones que éstas tendrán en la gestión de la Incapacidad Temporal, tampoco el establecimiento de sinergias entre los recursos asistenciales del conjunto de la Seguridad Social y mucho menos, las nuevas responsabilidades que se señalan de forma explícita para la Junta directiva de las mismas. Sin embargo, la intención de este comentario va vinculado exclusivamente a la disposición transitoria tercera del anteproyecto por la que se insta a la desinversión y venta de las sociedades de prevención, entidades como se sabe,  participadas íntegramente desde los patrimonios históricos de las Mutuas.

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